Inscripción virtual docente en supervisión - Registro Interno de Interinatos y Suplencias- Apertura en el ciclo 2024.
Desde el 1 al 18 de diciembre de 2023
Procedimientos y requisitos (sin excepción)
Es muy importante que lean con detenimiento y envíen la documentación completa en un solo email, ya que la documentación incompleta será rechazada
1- Realizar la inscripción on line por la página del Ministerio https://educacion.rionegro.gov.ar https://educacion.rionegro.gov.ar/fueratermino.php
2- Una vez realizada la inscripción enviar la siguiente documentación, cada archivo con su nombre y en formato PDF vía mail (NO formato papel)
a) DNI (ambos lados)
b) CUIL
c) Título Original o Copia del original de Título en trámite.
d) Constancia de inscripción (del sistema)
e) Nota firmada por el docente y en pdf con carácter de declaración jurada en la que especifique que dicha documentación es copia fiel del original e indicar en el email a qué cargo se quiere anotar, recordando que los idóneos solo pueden hacerlo en uno y los restantes títulos en tres.
3- Desde supervisión se analiza la documentación y en caso de corresponder se realiza la inscripción en el REGISTRO INTERNO.
4- El interesado recibirá una constancia de INSCRIPCIÓN FUERA DE TÉRMINO en su correo electrónico una vez que ingresemos la documentación (esto puede demorar debido a las múltiples tareas de fin de año)
IMPORTANTE NO SE REALIZARÁN INSCRIPCIONES DE LAS PERSONAS QUE NO MANDEN LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA Y EN UN SOLO EMAIL
5- ENVIAR TODA LA DOCUMENTACIÓN EN PDF y UN ARCHIVO PARA CADA DOCUMENTO al correo electrónico supervisiones1234y5@gmail.com
6. ACLARACIÓN PARA QUIÉNES NO POSEAN TÍTULO
a) Deben poseer un 80% de la carrera aprobada para los cargos de
Maestro de Grado y Técnicos de ETAP.
b) Constancias originales de Rendimiento Académico.
c) La carrera debe encontrarse en curso y/o actualizada, es decir, estudiando/rindiendo materias.
Especificar los cargos para los que desea inscribirse, en el mail.
Los Aspirantes pueden inscribirse, de acuerdo con lo normado por la Resolución N° 1080/92 t.o. 100/95- Capitulo II – Art. 5°- inciso “a”, en:
- Con título docente para el nivel: sin limite de asignaturas y cargos.
- Con título habilitante o supletorio: hasta tres (3) asignaturas y/o cargos.
- Como idóneo: una (1) asignatura o cargo.