Inscripción virtual docente en supervisión
Registro Interno de Interinatos y Suplencias
PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS (SIN EXCEPCIÓN)
Es muy importante que lean con detenimiento y envíen la documentación completa en un solo email, ya que la documentación incompleta será rechazada
1- Realizar la inscripción on line por la página del Ministerio https://educacion.rionegro.gov.ar https://educacion.rionegro.gov.ar/fueratermino.php
2- Una vez realizada la inscripción enviar la siguiente documentación, cada archivo con su nombre y en formato PDF vía mail (NO formato papel)
a) DNI (ambos lados)
b) CUIL
c) Título Original o Copia del original de Título en trámite.
d) Constancia de inscripción (del sistema)
e) Nota firmada por el docente y en pdf con carácter de declaración jurada en la que especifique que dicha documentación es copia fiel del original e indicar en el email a qué cargo se quiere anotar, recordando que los idóneos solo pueden hacerlo en uno y los restantes títulos en tres.
3- Desde supervisión se analiza la documentación y en caso de corresponder se realiza la inscripción en el REGISTRO INTERNO.
4- El interesado recibirá una constancia de INSCRIPCIÓN FUERA DE TÉRMINO en su correo electrónico una vez que ingresemos la documentación (esto puede demorar debido a las múltiples tareas de fin de año)
IMPORTANTE NO SE REALIZARÁN INSCRIPCIONES DE LAS PERSONAS QUE NO MANDEN LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA Y EN UN SOLO EMAIL
5- ENVIAR TODA LA DOCUMENTACIÓN EN PDF y UN ARCHIVO PARA CADA DOCUMENTO al correo electrónico supervisiones1234y5@gmail.com
6. ACLARACIÓN PARA QUIÉNES NO POSEAN TÍTULO
a) Deben poseer un 80% de la carrera aprobada para los cargos de Maestro de Grado y Técnicos de ETAP.
b) Constancias originales de Rendimiento Académico.
c) La carrera debe encontrarse en curso y/o actualizada, es decir, estudiando/rindiendo materias.
d) Los aspirantes para Horas de inglés deben tener el examen First aprobado, sin excepción alguna.
Especificar los cargos para los que desea inscribirse, en el mail.
Los Aspirantes pueden inscribirse, de acuerdo con lo normado por la Resolución N° 1080/92 t.o. 100/95- Capitulo II – Art. 5°- inciso “a”, en:
- Con título docente para el nivel: sin limite de asignaturas y cargos.
- Con título habilitante o supletorio: hasta tres (3) asignaturas y/o cargos.
- Como idóneo: una (1) asignatura o cargo.